Nunca la Iglesia y el Estado estuvieron tan estrechamente unidos como en la época de los soberanos visigodos. Los concilios de Toledo, que aseguraban la continuidad de esta unión, trataban no sólo de cuestiones religiosas, sino también de los asuntos políticos.
Por otra parte, la iniciativa de convocar aquellas asambleas correspondía al rey, que intervenía en ellas rodeado por algunos dignatarios de la corte elegidos por él. No es extraño que el poder civil se interne así en el dominio de la Iglesia.
La monarquía era tan frágil que, sin la Iglesia, se hundiría. Se comprende que aquellos monarcas de fortuna, muchos de los cuales conquistaron el trono por la violencia o por la rebelión, se acogieran al sólido apoyo de la Iglesia católica. Los obispos, grandes electores a la par de la nobleza, recordaban a los reyes sus deberes y delimitaban sus poderes.
Después de la conversión de Recaredo hubo que revisar y unificar los códigos que regían, de una parte, a los godos y, de otra, a los hispanorromanos. En lo sucesivo hubo una misma ley y un mismo juez para todos. Esta importante reforma figura en el Liber Juridicorum, que fue obra de los obispos.
Posteriormente se unificaron todos los textos jurídicos en una obra enorme, el Fuero Juzgo, debido íntegramente al clero. Por primera vez en el mundo moderno, la ley de bronce del más fuerte quedaba superada por una legislación inspirada en la doctrina y en la moral cristianas. «Hemos querido proteger el poder del príncipe. Mas si el príncipe, en su piedad y en su indulgencia, estimare que algún culpable quiere enmendarse, hágale merced.» ¿La piedad?
¿El perdón? Lenguaje nuevo al que no está habituada la ruda y tosca sociedad visigótica. Isidoro de Sevilla, el gran hombre de la época, no vacila en recordar a los príncipes que «el lazo de la fe los ata y los obliga a proclamar la verdad de Cristo y a sostener la profesión de fe con las buenas costumbres».
Y el código exige al juez que sea no sólo esclarecido y versado en derecho», sino que «aplique la pena con moderación». De este modo se lleva a las instituciones el ideal cristiano.
La Iglesia de España, aunque muy centralizada y confundida con la nación, no por ello pierde el contacto con Roma. En muchas ocasiones invoca la autoridad pontifical para justificar alguna de las medidas que adopta. Pero, en la práctica, las relaciones del clero español con la Santa Sede son poco frecuentes.
Las comunicaciones con Francia y con Italia son peligrosas, porque los vándalos dominan el mar. Por otra parte, la Iglesia española es ya mayor de edad. Ha conquistado con duro esfuerzo su posición preeminente. Sus grandes concilios de Toledo, que ponen y quitan reyes, no tienen igual en Occidente. Sus leyes asombran al mundo. Sus teólogos no tienen nada que aprender de los romanos. El obispo de Toledo es tanto como el obispo de Roma.
Pues es en Toledo donde se centraliza la Iglesia de España. El obispo de Toledo, primero metropolitano de la Carpetania, región de la Cartaginense, después metropolitano de esta provincia, pasa a ser, a finales del siglo VII, primado de España.